viernes, 20 de mayo de 2016

La empresa no puede someter a control o censura previa los comunicados sindicales

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que declara que una actuación empresarial de bloqueo y censura de los comunicados sindicales en la intranet de la empresa constituye vulneración de la libertad sindical.
Por ello condena a la empresa demandada a cesar en ese comportamiento y a indemnizar al sindicato afectado con 6.000 euros.

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