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sábado, 2 de diciembre de 2017
EL INSS ADMITE LA CONCENTRACIÓN DE LA JORNADA DEL JUBILADO PARCIAL EN UN SOLO AÑO
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) acaba de admitir, en su Consulta nº 92/2017 de 10 de octubre, la posibilidad de concentrar la jornada del jubilado parcial en un solo año, de forma que la totalidad de la jornada pendiente hasta la jubilación total se acumule en un único periodo ininterrumpido (normalmente, inmediatamente posterior al inicio de la jubilación parcial). Hasta la citada fecha, el INSS venía admitiendo la concentración en periodos anuales (pues está expresamente prevista en el art. 65.3 del Reglamento General sobre Cotización), pero no lo permitía en periodos plurianuales.
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