lunes, 26 de febrero de 2018

Responder a llamadas de la empresa durante una guardia en el domicilio es considerado 'tiempo de trabajo'

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que la obligación de permanecer presente físicamente en el lugar determinado por el empresario y la restricción que supone la necesidad de presentarse en el lugar de trabajo en un plazo de tiempo breve limitan considerablemente las posibilidades que tiene un trabajador de dedicarse a otras actividades, por lo que la guardia domiciliaria ha de ser considerada como tiempo de 
trabajo.

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