¿Pueden despedirme por mis comentarios en redes sociales?
La creciente utilización de las redes sociales como canal de comunicación ha llevado a los tribunales a plantearse con asiduidad las consecuencias que pueden llegar a tener las opiniones y críticas vertidas por los trabajadores de una empresa en las mismas. De esta forma, recuperando el debate tradicional acerca de los límites del derecho a la libertad de expresión, que no es un derecho absoluto, y el necesario respeto al derecho al honor, la intimidad y la propia imagen en el ámbito de las relaciones laborales, se introducen cuestiones nuevas como el acceso a las redes sociales y la eventual vulneración del derecho a la intimidad que dicho acceso puede provocar.
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