Debemos empezar por aclarar que nuestro ordenamiento jurídico ya no habla de permiso de maternidad y paternidad; tanto el ET como la LGSS fueron modificados por el RDL 6/2019, y estas suspensiones del contrato de trabajo y su consecuente prestación ha pasado a denominarse: «Nacimiento y cuidado del menor». De este modo, además de equiparar los derechos de los progenitores quedan englobadas todas las personas, refiriendose a ellas como «progenitor distinto de la madre biológica».
Las novedades derivadas de esta nueva regulación todavía plantean dudas en cuanto a su aplicación. Vamos a intentar solucionar las más frecuentes que se plantean en relación a la paternidad
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