martes, 9 de enero de 2018

¿La realización de actividades por un trabajador en situación de IT que perjudican su recuperación es causa de despido disciplinario?

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco declara la improcedencia del despido disciplinario de un trabajador que había llevado a cabo actividades incompatibles con su situación de IT, por no tratarse de una medida justificada y proporcional a las circunstancias del caso, siendo más idónea la interposición de una suspensión de empleo y sueldo.





No hay comentarios:

Publicar un comentario

FeSP-UGT Andalucía

ACUERDO MEJORA EMPLEADOS PUBLICOS JUNTA DE ANDALUCIA

Retribuciones Personal Laboral y Funcionario 2019

PRESTACIONES FAMILIARES

ESQUEMA TIPOS DE JUBILACION

CUADRO INCAPACIDAD TEMPORAL

PARENTESCOS

Espacio Socio Laboral Discapacitados

Calendario Laboral Málaga 2020

SUBSIDIO MAYORES 52 AÑOS

EMBARAZO DE RIESGO VS RIESGO DURANTE EL EMBARAZO

EMBARAZO DE RIESGO VS RIESGO DURANTE EL EMBARAZO

RECLAMA LA DEVOLUCIÓN DEL IRPF DE TU PRESTACIÓN DE MATERNIDAD

Canción de la semana

Canción de la semana
Fito y Fitipaldis & Coque Malla - Ruido (Tributo a Sabina)