El tribunal declara injustificada la modificación de las condiciones de trabajo, consistente en reducir por un importe equivalente al 5% anual todos los conceptos retributivos regulados en el convenio y eliminar una paga extraordinaria.
El crecimiento vegetativo de los gastos de personal (antigüedad y carrera profesional) y la deuda de cuatro millones de euros contraída por la empresa después de que el Supremo le obligara a devolver a los trabajadores el 5% de las retribuciones no abonadas durante tres años, no son causas económicas aceptables para justificar una reducción salarial.
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