El Tribunal Supremo ha determinado que la retribución correspondiente al periodo de vacaciones anuales del trabajador debe incluir todos los conceptos retributivos ordinarios, de manera que sólo cabe excluir de la misma los conceptos extraordinarios o que supongan un doble pago.
Etiquetas
- acceso
- Acción Social
- acoso
- acredita
- adaptación del puesto
- Agentes químicos
- Agresiones
- Aux. Autopsia
- auxiliar cocina
- Auxiliar Instituciones Culturales
- Auxiliares de Enfermería
- Ayudas
- bajas
- Bolsa
- calendario
- Celador Forestal
- Comisión
- concentracion
- conciliacion
- Conductores
- Convenio
- cultura
- Delegación de Igualdad
- delegacion del gobierno
- despidos
- discapacidad
- Educadores
- elecciones
- enfermedad profesional
- Enfermeros
- estanterias
- Excedencia
- Familias
- fijos discontinuos
- Formación
- Funcionarios
- grupo I
- grupo II
- grupo III
- grupo IV
- grupo V
- Hacienda
- huelga
- incapacidad
- Incendios
- Incompatibilidad
- indefinidos no fijos
- ITSS
- jornada
- Jubilación
- Limpiadoras
- Maternidad
- menores
- mesa sectorial
- Movilidad Funcional
- movilizaciones
- Mujer
- normativa
- NORMATIVA COMUN
- Normativa común
- ofertas
- ofertas de empleo
- Oficial Segunda Oficios
- Oposiciones
- paternidad
- periodistas
- Permisos
- permutas
- PLUS PENOS/PELIG/TOX
- prestaciones
- Procesos Selectivos
- promoción
- Protección de datos
- psicólogos
- Reclamaciones
- Recortes
- Residencias
- Retribuciones
- ropa de trabajo
- rpt
- Salud Laboral
- Seguridad Social
- Seguro
- seleccion personal
- Sentencias
- sindicato
- snl
- Subcomisiones
- Tiempo parcial
- titulos
- trabajador social
- traslados
- trienios
- vacaciones
- varios
- Vestuario
- viudedad
martes, 21 de junio de 2016
El Supremo establece que la paga de vacaciones debe incluir todos los conceptos ordinarios
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario