El Tribunal Supremo ha cambiado su doctrina sobre cuál es el día de comienzo de un permiso retribuido cuando coincide con días de descanso.
Desde ahora, y en una histórica sentencia del Tribunal Supremo el “dies a quo” (esto es, el día de comienzo), será tu primer día laborable.
Desde ahora, y en una histórica sentencia del Tribunal Supremo el “dies a quo” (esto es, el día de comienzo), será tu primer día laborable.
El texto literal de la sentencia expresa: " Que estimando, como estimamos la demanda, debemos declarar y declaramos que el día inicial para el disfrute de los permisos regulados [...] cuando el hecho causante se produzca en día feriado debe ser el primer día laborable que le siga." El tribunal lo expresa claro y meridiano, sin dar sitio a interpretaciones, y en definitiva, el permiso retribuido comenzará el primer día que te toque trabajar.
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